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Novedades en la Liquidación de Sueldos SUTERH - Octubre 2025

Escrito por Equipo Editorial | 13/7/26, 03:45

En el ámbito de la liquidación de sueldos, el mes de octubre de 2025 presenta novedades importantes que requieren atención. Dada la situación actual donde el acuerdo aún no ha sido homologado y existen diferentes criterios para la liquidación, se ha optado por mantener las escalas salariales previas y, a la vez, introducir la escala correspondiente a octubre. Esta medida busca ofrecer flexibilidad, permitiendo la elección de la opción que mejor se adapte a cada caso. La escala de octubre incorpora un incremento del 1,7% con respecto a la escala de septiembre de 2025.

Inclusión del Concepto de Viáticos

Es relevante destacar la incorporación del concepto de "viáticos" a partir del acuerdo de septiembre de 2025. Este monto mensual, de carácter obligatorio y remunerativo, equivale al 7% del salario básico de un Encargado Permanente sin vivienda de 4ta categoría. Su aplicación abarca a trabajadores permanentes y no permanentes sin vivienda, con la salvedad del personal jornalizado con jornadas de hasta 18 horas semanales y el personal suplente de descanso semanal. Este nuevo concepto se encuentra disponible en la sección de “Pluses” del sistema de liquidación de sueldos.

 

Bono Remunerativo de $50.000: Vigencia Confirmada

El bono remunerativo de $50.000, destinado a todas las funciones, mantiene su vigencia, conforme a la última escala publicada por Suterh.

Opciones para la Liquidación de Octubre 2025

A continuación, se detallan las distintas alternativas para la liquidación de sueldos, considerando la inclusión del bono:

Selección de la escala de Octubre con inclusión del bono:
  • La liquidación del sueldo se realiza de manera habitual, sin necesidad de añadir el concepto “A cuenta Acuerdo Paritario”.
  • En la sección de “Adicionales”, se debe incorporar el bono remunerativo de $50.000.
  • Se seleccionará el concepto "Bono Remunerativo SUTERH" del listado.
  • En el campo de detalle, se puede especificar el período "Octubre 2025".
  • Se elegirá la opción remunerativa, se ingresará el importe correspondiente y se marcará la casilla "Aplica hs Extras".

 

Selección de la escala de Septiembre:
  • Opción 1: En adicionales, se optará por el concepto "A Cuenta Acuerdo Paritario Octubre 25 Base Sep 25". Este contempla automáticamente el aumento del 1,7% de septiembre, sin alterar la remuneración básica ni los pluses. Si se desea incluir el bono remunerativo, se utilizará el mismo concepto en otro campo de adicional, añadiendo “Bono Remunerativo Octubre 2025” en el detalle y ajustando el importe a $50.000. Ambos conceptos deberán tener marcada la opción "aplica hs extras".
  • Opción 2: La liquidación se efectuará con la escala de septiembre, excluyendo el aumento de octubre. En este escenario, se requerirá un ajuste retroactivo en futuras liquidaciones una vez que el acuerdo sea homologado.

Se elegirá en adicionales el concepto "A Cuenta Acuerdo Paritario Octubre 25 Base Agos 25". Este incorpora automáticamente los aumentos de septiembre y octubre, que suman un 3,53%, sin modificar la remuneración básica ni los pluses. Para el bono remunerativo, se aplicará el mismo concepto en otro campo de adicional, con “Bono Remunerativo Octubre 2025” en el detalle y un importe de $50.000. Ambos conceptos deben tener marcada la opción "aplica hs extras".Selección de la escala de Agosto:
 

 

Selección de la escala de Julio:
  • Opción 1: En adicionales, se seleccionará el concepto "A Cuenta Acuerdo Paritario Octubre 25 Base Jul 25". Este incluye los aumentos de agosto, septiembre y octubre, totalizando un 4,98%, sin afectar la remuneración básica ni los pluses. Si se opta por el bono remunerativo, se utilizará el mismo concepto en un campo adicional, con “Bono Remunerativo Octubre 2025” en el detalle y un importe de $50.000. Ambos conceptos requerirán la marca "aplica hs extras".
  • Opción 2: Se liquidará con la escala de julio, sin incluir los aumentos correspondientes. Se deberá realizar un ajuste retroactivo una vez que el acuerdo sea homologado.
Selección de la escala de Marzo:
  • Opción 1: En adicionales, se optará por el concepto "A Cuenta Acuerdo Paritario Octubre 25 Base Mar 25". Este incluye los aumentos de junio, julio, agosto, septiembre y octubre, que ascienden a un 7,7267%, sin alterar la remuneración básica ni los pluses. Si se desea incluir el bono remunerativo, se utilizará el mismo concepto en otro campo de adicional, añadiendo “Bono Remunerativo Octubre 2025” en el detalle y ajustando el importe a $50.000. Ambos conceptos deberán tener marcada la opción "aplica hs extras".
  • Opción 2: La liquidación se realizará con la escala de marzo, sin considerar los aumentos. Se deberá realizar un ajuste retroactivo una vez que el acuerdo sea homologado.

Es fundamental recordar que todos los conceptos creados para ser añadidos en los adicionales son campos editables, lo que brinda la posibilidad de modificar el importe si se emplea un criterio de cálculo diferente.

 

Consideraciones sobre Días Especiales en Octubre

  • El 2 de octubre se celebró el Día del Encargado. En caso de que un empleado haya trabajado en esta fecha, el pago correspondiente debe ser del 100%.
  • Asimismo, el viernes 10 de octubre fue un día feriado. Si un empleado prestó servicios en esta jornada, su remuneración también deberá ser del 100%.

Procedimiento para Liquidar Feriados en el Sistema

Para la correcta liquidación de feriados en el sistema, es necesario completar el campo destinado a la "cantidad de horas de feriado". Adicionalmente, se puede especificar el motivo para que este detalle figure en el recibo de sueldo.